A horas de haberse llevado la primera instancia de votación el aumento de los impuestos en la Ciudad de Orán, se habla de lo que sucedió en el Concejo Deliberante
y es que según se dice, se computo la votación del Presidente de Concejo, actitud que según lo establece una ley no estaría conforme a la Ley 6571 y sus artículos 28, 80 y 17.
Artículo 28: "el presidente sólo vota en caso de empate o cuando el asunto que se trate requiera dos tercios de los votos" Ayer en el concejo deliberante de Orán al parecer esto no se cumplió y la ordenanza que el Presidente del Concejo aprobó requiere la mayoría absoluta.
Artículo 80: "para crear nuevas tasas o aumentar las existentes será necesario el voto favorable de la Mayoría Absoluta" o sea la mitad más uno de la totalidad del cuerpo.
Artículo 17: "se entiende por mayoría absoluta a la mitad más uno de la totalidad del cuerpo.
En franco y simple análisis se hizo algo ilegal en el Concejo Deliberante de Orán y si en caso de ser ilegal le corresponde alguna pena a quien cometió la ilegalidad.
